| Skip to content Seguro Social en línea |
Publicaciones Electrónicas | |
| Portada – Publicaciones | Comprendiendo los beneficiosSSA Publication No. 05-10924;
(Understanding the Benefits); January 2010; ICN 483330; (para
verlo en pdf) |
|
Comuníquese con el Seguro Social |
Visite nuestro sitio de InternetNuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social. Hay un número de cosas que usted puede hacer por Internet (sólo disponible en inglés). Además de usar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis al 1-800-772-1213 y oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un agente (si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778.) Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes, desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. Ofrecemos servicios de intérprete gratis tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Además, ofrecemos servicio telefónico automatizado las 24 horas al día. Queremos asegurarnos que usted reciba un servicio
cortés y correcto. Por eso es posible que un segundo agente del
Seguro Social escuche algunas llamadas. |
|||||||||||||||||
Lo que hay adentro |
||||||||||||||||||
| Lo que necesita saber sobre el Seguro Social mientras trabaja | ||||||||||||||||||
| Lo que necesita saber sobre los beneficios | ||||||||||||||||||
| Beneficios para su familia | ||||||||||||||||||
| Cuando esté listo para solicitar los beneficios | ||||||||||||||||||
| El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) | ||||||||||||||||||
| Su derecho de apelación | ||||||||||||||||||
| Medicare | ||||||||||||||||||
| Algunos datos esenciales sobre el Seguro Social | ||||||||||||||||||
| |
El Seguro Social: Un concepto sencilloEl Seguro Social alcanza a casi todas las familias, y en un punto dado tocará la vida de casi todas las personas en los Estados Unidos. El Seguro Social no sólo ayuda a personas mayores de edad, sino también a trabajadores que se incapacitan y a familias donde un cónyuge o un padre fallece. Actualmente, más de 160 millones de personas trabajan y pagan impuestos de Seguro Social y más de 52 millones de personas reciben beneficios mensuales de Seguro Social. La mayoría de nuestros beneficiarios son personas jubiladas y sus familiares —aproximadamente 36 millones de personas. Sin embargo, el Seguro Social nunca fue diseñado para ser la única fuente de ingreso para las personas cuando se jubilen. El Seguro Social reemplaza alrededor de 40 por ciento del promedio de ingresos de un trabajador común después de jubilarse, y la mayoría de los asesores económicos dicen que las personas jubiladas necesitarán un 70 por ciento o más de sus ganancias antes de jubilarse para vivir cómodamente. Las personas necesitan mucho más que el Seguro Social para vivir cómodamente cuando se jubilen. También necesitan pensiones privadas, ahorros e inversiones. La Administración del Seguro Social quiere que entienda lo que el Seguro Social podría significar para su futuro económico y el de su familia. Esta publicación, Comprendiendo los beneficios, explica los fundamentos de los programas de beneficios del Seguro Social por jubilación, incapacidad y para sobrevivientes. El sistema actual del Seguro Social funciona de la siguiente manera: mientras trabaja, paga impuestos de Seguro Social. El dinero de estos impuestos se usa para pagar beneficios a:
El dinero que paga en impuestos no es reservado en una cuenta personal para que lo use cuando usted reciba beneficios. Sus impuestos se están usando actualmente para pagarles a las personas que están recibiendo beneficios hoy. El dinero restante se guarda en los fondos de fideicomiso del Seguro Social, no en una cuenta personal a su nombre. El Seguro Social es más que un programa de jubilaciónMuchas personas piensan en el Seguro Social solamente como un programa de jubilación. Aunque es cierto que la mayoría de nuestros beneficiarios reciben losbeneficios por jubilación, muchas otras personas reciben Seguro Social debido a que:
Dependiendo de sus circunstancias, es posible que tenga derecho a recibir beneficios de Seguro Social a cualquier edad. De hecho, el Seguro Social paga más beneficios a los niños que cualquier otro programa gubernamental. Sus
impuestos de Seguro Social
|
|||||||||||||||||
Si trabaja |
Impuestos
de |
Impuestos
de |
| Usted paga | 6.2% |
1.45% |
| Su empleador paga | 6.2% |
1.45% |
|
||
Usted paga |
12.4% |
2.9% |
Mientras trabaja, 85 centavos de cada dólar que paga en impuestos de Seguro Social van hacia un fondo de fideicomiso que paga los beneficios mensuales a personas actualmente jubiladas y sus familias y a cónyuges sobrevivientes y niños de trabajadores que han fallecido. Los otros 15 centavos van hacia un fondo de fideicomiso que paga beneficios a personas incapacitadas y a sus familias.
El Seguro Social también usa estos fondos del fideicomiso para pagar los gastos administrativos de los programas. La Administración del Seguro Social es una de las agencias más eficientes dentro del gobierno federal, y estamos trabajando para mejorarla cada día. Por cada dólar que paga en impuestos de Seguro Social, gastamos menos de un centavo en gastos administrativos.
La cantidad completa que usted paga de impuestos de Medicare va hacia un fondo de fideicomiso que paga algunos gastos de hospital y servicios relacionados para los beneficiarios de Medicare. El programa de Medicare es administrado por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid y no por el Seguro Social.
Su conexión con el Seguro Social es su número de Seguro
Social. Necesitará su número de Seguro Social para
conseguir empleo y pagar impuestos. Usamos su número de Seguro
Social para llevar la cuenta de sus ganancias mientras trabaja y para
llevar la cuenta una vez que comience a recibir sus beneficios de Seguro
Social.
No lleve su tarjeta consigo. Debe tener cuidado al dar su número de Seguro Social a otras personas. El robo de identidad es uno de los crímenes de mayor crecimiento hoy en día. La mayoría del tiempo, los ladrones de identidad usan su número de Seguro Social y su buen crédito para obtener crédito y tarjetas de crédito bajo su nombre. Después usan esas tarjetas de crédito para comprarse cosas y no pagan estas cuentas.
Su número de Seguro Social y nuestros registros son confidenciales. Si alguien nos pide información sobre usted, no le daremos ninguna información sin una autorización escrita por usted, a menos que la ley lo requiera o lo permita.
Comuníquese con nosotros si necesita un número de Seguro Social, ha perdido su tarjeta y necesita otra, o si necesita cambiar su nombre o apellido en su tarjeta actual. Le pediremos que llene una solicitud sencilla de una sola página y que muestre ciertos documentos. Necesitamos ver documentos originales o copias certificadas por la oficina que los emitió. No podemos aceptar copias o copias notariadas de los documentos.
Para obtener un número de Seguro Social o una tarjeta de reemplazo, tendrá que probar su ciudadanía estadounidense o estado inmigratorio, edad e identidad. Para una tarjeta de reemplazo, no se requiere prueba de ciudadanía estadounidense ni edad si éstas ya se encuentran en nuestros registros. Sólo ciertos documentos pueden ser aceptados como prueba de ciudadanía estadounidense. Éstos incluyen su certificado de nacimiento de los EE. UU., pasaporte de los EE. UU., informe consular de nacimiento de los EE. UU., Certificado de Naturalización o Certificado de Ciudadanía. Si usted no es un ciudadano estadounidense, aplican reglas diferentes para probar su estado inmigratorio. Pruebas aceptables de identidad incluirían documentos actuales que muestran su nombre, información de identidad y, preferiblemente, una fotografía reciente, tal como una licencia de conducir, tarjeta de identificación estatal o un pasaporte de los EE. UU.
Para solicitar un cambio de nombre en su tarjeta de Seguro Social, debe mostrar un documento recientemente expedido que pruebe que su nombre ha sido cambiado legalmente.
Asegúrese de proteger su tarjeta de Seguro Social. Usted está limitado a tres tarjetas de reemplazo en un año y 10 durante su vida. Sin embargo, cambios legales de nombres y otras excepciones no cuentan hacia estos límites. Por ejemplo, es posible que cambios en su estado inmigratorio que requieran una actualización de su tarjeta no cuenten hacia estos límites. También, es posible que no se vea afectado por estos límites si puede comprobar que necesita la tarjeta para prevenir una dificultad económica significativa.
Para informarse mejor, pida la publicación titulada, Su número y tarjeta de Seguro Social (publicación número 05-10902). Si usted no es un ciudadano, también puede pedir la publicación titulada, Números de Seguro Social para las personas que no son ciudadanas (publicación número 05-10996).
Todos nuestros servicios relacionados con tarjetas de Seguro Social son gratis. El Seguro Social nunca cobra por los servicios que proveemos relacionados con las tarjetas.
Mientras trabaja y paga impuestos, gana «créditos» de Seguro Social. En el 2010, usted gana un crédito por cada $1,120 de ganancias —hasta un máximo de cuatro créditos al año. (La cantidad necesaria para ganar un crédito aumenta cada año.)
La mayoría de las personas necesitan 40 créditos (10 años de trabajo) para tener derecho a beneficios. Las personas más jóvenes necesitan menos créditos para tener derecho a beneficios por incapacidad, o para que los miembros de su familia tengan derecho a beneficios para sobrevivientes cuando el trabajador fallece.
El Seguro Social reemplaza un porcentaje de sus ganancias cuando se jubila, incapacita o fallece. Cada año, le enviaremos una Declaración del Seguro Social con su historial de ganancias y una estimación de los beneficios por jubilación, incapacidad y para sobrevivientes que usted y su familia podrían recibir basados en esas ganancias.
Cuando reciba su Declaración, revise su historial de ganancias cuidadosamente. Asegúrese que todas sus ganancias estén correctas e infórmenos cualquier error. Esto es importante porque sus beneficios están basados en sus ganancias vitalicias. Su Declaración también es muy útil para ayudarle a planificar su futuro económico.
Escoger la fecha para jubilarse es una de las decisiones más importantes que usted tomará en su vida. Si decide jubilarse cuando cumpla la plena edad de jubilación (vea la tabla a continuación), recibirá sus beneficios completos. Sin embargo, si se jubila antes de cumplir la plena edad de jubilación, recibirá beneficios reducidos.
Si nació antes del 1942, ya tiene derecho a los beneficios completos de Seguro Social. Si nació entre los años del 1943 hasta el 1960, la edad en que los beneficios completos son pagaderos comenzó a aumentar gradualmente hasta llegar a los 67 años de edad. La siguiente tabla le ayudará a determinar su plena edad de jubilación:
Plena edad de jubilación |
|
1943-1954 |
66 |
1955 |
66 y 2 meses |
1956 |
66 y 4 meses |
1957 |
66 y 6 meses |
1958 |
66 y 8 meses |
1959 |
66 y 10 meses |
1960 o después |
67 |
NOTA ACCLARATORIA: A pesar de que la plena edad de jubilación está aumentando, aún debe solicitar beneficios de Medicare tres meses antes de cumplir los 65 años. Si deja pasar esa fecha, su seguro médico de Medicare (Parte B) y cobertura de medicamentos recetados (Parte D) podría costarle más.
Si decide demorar el recibir beneficios hasta después de su plena edad de jubilación, su beneficio aumentará por un cierto porcentaje, según el año en que nació. El aumento se añadirá automáticamente desde el momento en que cumpla la plena edad de jubilación hasta que comience a recibir beneficios o cumpla los 70 años de edad, lo que ocurra primero. Si, nació en el 1940, por ejemplo, su beneficio aumentaría 7 por ciento por cada año, entre su plena edad de jubilación y los 70 años de edad, en que no reciba beneficios de jubilación.
Puede comenzar a recibir beneficios tan pronto cumpla los 62 años. Sin embargo, si comienza a recibir sus beneficios a una edad temprana, éstos serán reducidos. Sus beneficios son reducidos aproximadamente por la mitad de uno por ciento por cada mes que reciba beneficios antes de cumplir su plena edad de jubilación. Por ejemplo, si su plena edad de jubilación es 66 años y solicita beneficios de Seguro Social a los 62, sólo recibirá el 75 por ciento de su beneficio completo.
NOTA ACCLARATORIA: La reducción será mayor en los años futuros, según continúe aumentando la plena edad de jubilación.
Usted puede seguir trabajando y aún recibir beneficios por jubilación. Sus ganancias en (o después de) el mes en que cumpla su plena edad de jubilación no reducirán sus beneficios de Seguro Social. De hecho, el trabajar después de su plena edad de jubilación puede aumentar sus beneficios. Sin embargo, sus beneficios serán reducidos si sus ganancias exceden ciertos límites en los meses antes de cumplir la plena edad de jubilación.
Si trabaja pero comienza a recibir sus beneficios antes de cumplir su plena edad de jubilación, se descuenta $1 de sus beneficios por cada $2 de ganancias sobre el límite anual. En el 2010, el límite es $14,160.
El año en que cumpla su plena edad de jubilación, se descuenta $1 de sus beneficios por cada $3 de ganancias sobre un límite anual diferente ($37,680 en el 2010) hasta el mes en que cumpla su plena edad de jubilación.
Una vez alcance su plena edad de jubilación, podrá continuar trabajando y su beneficio de Seguro Social no será reducido sin importar cuánto gane.
Para informarse mejor sobre cómo el trabajo afecta sus beneficios, pida la publicación titulada, Cómo el trabajo afecta sus beneficios (publicación número 05-10969).
NOTA ACCLARATORIA: Las personas que trabajan y reciben beneficios por incapacidad o pagos de Seguridad de Ingreso Suplementario son afectadas por diferentes reglas de ganancias. Ellos tienen que informar todas sus ganancias inmediatamente al Seguro Social, sin importar la cantidad que ganen.
Si recibe beneficios de viuda o viudo , puede solicitar recibir sus propios beneficios por jubilación tan pronto cumpla los 62 años, bajo la suposición que la cantidad de su propio beneficio por jubilación sea mayor que la cantidad que recibe en el registro de ganancias de su cónyuge fallecido. En muchos casos, puede empezar a recibir un beneficio a una tasa reducida y después cambiar al otro beneficio a una tasa completa una vez cumpla la plena edad de jubilación. Las reglas son complicadas y varían según su situación. Por eso, le recomendamos que hable con un agente del Seguro Social sobre las opciones que tiene a su disposición.
Para informarse mejor sobre los beneficios de jubilación pida la publicación titulada, Beneficios por jubilación (publicación número 05-10935).
Si no puede trabajar debido a un padecimiento físico o mental que se espera que dure por lo menos un año o que le cause la muerte, podría tener derecho a beneficios de Seguro Social por incapacidad.
Nuestras reglas para recibir beneficios por incapacidad son diferentes a las de los planes privados u otras agencias gubernamentales. El hecho que tenga derecho a beneficios por incapacidad de otra agencia o programa no significa que tendrá derecho a beneficios por incapacidad con nosotros. El tener una declaración de su doctor indicando que está incapacitado tampoco significa que tendrá derecho automáticamente a los beneficios de Seguro Social por incapacidad. Para informarse mejor sobre los beneficios de Seguro Social por incapacidad, pida la publicación titulada, Beneficios por incapacidad (publicación número 05-10929). También es posible solicitar los beneficios de Seguro Social por incapacidad a través del Internet en www.segurosocial.gov/applyfordisability (este método electrónico está solamente disponible en inglés).
Es posible que las personas incapacitadas, incluso niños, con pocos ingresos y recursos, también tengan derecho a pagos por incapacidad a través del programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, sus siglas en inglés). Para informarse mejor sobre SSI, pida la publicación titulada, Seguridad de Ingreso Suplementario (publicación número 05-11090).
Si queda incapacitado, debe solicitar los beneficios por incapacidad lo más antes posible, debido a que normalmente toma varios meses procesar una reclamación por incapacidad. Podríamos procesar su solicitud más rápido si tiene la siguiente información cuando solicite:
Algunas personas que reciben Seguro Social tendrán que pagar impuestos sobre sus beneficios. Menos de un tercio de nuestros beneficiarios actuales pagan impuestos sobre sus beneficios.
Tendrá que pagar impuestos sobre sus beneficios si presenta una declaración de impuesto federal como «individuo», y su ingreso total es más de $25,000. Si presenta una declaración federal junto con su cónyuge, tendrá que pagar impuestos si ambos tienen un ingreso total que es más de $32,000. Para informarse mejor, llame al número gratis del Servicio de Impuestos Internos, 1-800-829-3676.
Cuando comience a recibir los beneficios de Seguro Social por jubilación o incapacidad, otros miembros de su familia también pueden tener derecho a los beneficios. Por ejemplo, se pueden pagar beneficios a su cónyuge:
También se pueden pagar beneficios a sus niños solteros si son:
Si se hace el padre de un niño (incluso un niño adoptivo) después de comenzar a recibir beneficios, háganoslo saber para que podamos decidir si el niño tiene derecho a los beneficios.
Cada miembro de la familia puede tener derecho a un beneficio mensual equivalente a la mitad de la cantidad de su beneficio por jubilación o incapacidad. Sin embargo, hay un límite en la cantidad de dinero que se le puede pagar a usted y su familia. El límite varía, pero por lo general es entre 150 a 180 por ciento de su beneficio por jubilación o incapacidad.
Si se divorció, es posible que su ex cónyuge tenga derecho a beneficios en su registro de ganancias. En algunas situaciones, el ex cónyuge podría recibir beneficios aunque usted no esté recibiendo beneficios. Para tener derecho, el cónyuge divorciado debe:
Cuando fallezca, ciertos miembros de su familia podrían tener derecho a beneficios basados en su registro de ganancias.
Los miembros de su familia que pueden recibir beneficios incluyen su viuda o viudo:
Sus niños también pueden recibir beneficios si son solteros y:
Además, sus padres pueden recibir beneficios bajo su registro si dependían de usted para cubrir por lo menos la mitad de su manutención.
Si tiene suficientes créditos, también se hará un pago global de $255 después que usted fallezca. Este beneficio puede pagarse a su cónyuge o a sus niños menores si cumplen con ciertos requisitos.
Si está divorciado, es posible que su ex cónyuge tenga derecho a beneficios como sobreviviente basado en su registro de ganancias cuando usted fallezca. Su ex cónyuge debe:
Los beneficios pagados a un ex cónyuge no afectarán la tasa de beneficio para otros sobrevivientes que reciban beneficios en su registro de ganancias.
NOTA ACLARATORIA: Si fallece y su ex cónyuge se vuelve a casar después de los 60 años, él o ella podría tener derecho a beneficios de Seguro Social basado en su registro de ganancias y el registro de ganancias de su nuevo cónyuge, dependiendo de cuál de los dos beneficios sea mayor.
Sus sobrevivientes reciben un porcentaje de sus beneficios básicos
de Seguro Social —generalmente fluctúa entre 75 y 100 por
ciento cada uno. Sin embargo, hay un límite en la cantidad de dinero
que se le puede pagar cada mes a una familia. El límite varía,
pero por lo general es entre 150 a 180 por ciento de su beneficio.
Debe solicitar los beneficios por lo menos tres meses antes de la fecha en que le gustaría que los beneficios comenzaran. Si todavía no está completamente seguro que se quiere jubilar, pero está considerando hacerlo en un futuro inmediato, es posible que quiera visitar nuestro sitio de Internet y utilizar nuestro conveniente e informativo planificador de jubilación. Para usarlo, visite www.segurosocial.gov/retire2 (sólo disponible en inglés). Debe solicitar los beneficios por incapacidad y de sobrevivientes tan pronto tenga derecho.
Puede solicitar beneficios en nuestro sitio de Internet, en www.segurosocial.gov/applyforbenefits (sólo disponible en inglés).
También puede obtener una estimación rápida y fácil basada en su registro de ganancias de Seguro Social actual en www.segurosocial.gov/estimator. También puede obtener una estimación más detallada de sus beneficios en www.segurosocial.gov/planners. (Algunos de estos servicios están disponibles solamente en inglés.)
Cuando solicite beneficios, le pediremos que provea ciertos documentos. Los documentos que le pediremos dependerán del tipo de beneficio que solicite. Si nos entrega los documentos rápidamente, nos ayudará a pagarle sus beneficios más rápido. Debe presentar documentos originales o copias certificadas por la oficina que las emitió —no podemos aceptar fotocopias.
No posponga una solicitud de beneficios simplemente porque no tiene todos los documentos que necesita. Le ayudaremos a conseguirlos.
A continuación hay una lista de algunos documentos que podría necesitar cuando solicite beneficios de Seguro Social:
Le avisaremos si necesitará otros documentos cuando solicite beneficios.
Los beneficios de Seguro Social generalmente se pagan por depósito directo. El depósito directo es una manera simple y segura de recibir beneficios. Asegúrese de traer su chequera o su estado de cuenta cuando solicite beneficios. Necesitaremos esa información, al igual que el número de ruta electrónica de su banco, para asegurarnos que sus beneficios mensuales sean depositados a su cuenta correctamente.
Si no desea depósito directo, debe considerar el inscribirse en nuestro programa de tarjeta, “Direct Express”. Con una tarjeta de “Direct Express” sus beneficios se abonan directamente a la tarjeta. Quizá quiera tomar en consideración el abrir una cuenta de transferencia de fondos electrónica (Electronic Transfer Account) que le daría seguridad, garantía y conveniencia que se deposite automáticamente en su cuenta la cantidad de beneficios correcta.
Si recibe beneficios de Seguro Social, pero tiene ingresos y recursos limitados (cosas que posee), el programa de SSI podría ayudarle. El SSI es financiado por los impuestos generales, no por los impuestos del Seguro Social.
El SSI paga beneficios mensuales a personas mayores de 65 años de edad o a personas ciegas o incapacitadas. No contamos algunos de sus ingresos y recursos cuando decidimos si tiene derecho a SSI. Por ejemplo, generalmente su automóvil y casa no cuentan como recursos.
Llámenos si necesita más información o si desea solicitar los beneficios de SSI.Si no está de acuerdo con la decisión que se tomó sobre su reclamación, puede apelarla. Los pasos que puede tomar se explican en la publicación titulada, El proceso de apelación (publicación número 05-10941).
Tiene el derecho a ser representado por un abogado u otra persona cualificada que usted elija. Infórmese mejor leyendo la publicación titulada, Su derecho a representación (publicación número 05-10975).Medicare es nuestro programa nacional de seguro de salud para personas mayores de 65 años y para muchas personas incapacitadas.
No debe confundir Medicare con Medicaid. El Medicaid es un programa de cuidado de salud para personas con ingresos bajos y recursos limitados. Por lo general, es administrado por las agencias estatales de bienestar público o servicios sociales. Algunas personas tienen derecho a uno de los dos programas solamente, mientras otras tienen derecho a ambos Medicare y Medicaid.
La mayoría de las personas obtienen el seguro de hospital cuando cumplen los 65 años de edad. Puede obtenerlo automáticamente si tiene derecho a los beneficios de Seguro Social o Retiro Ferroviario. También puede tener derecho a beneficios basado en el registro de ganancias de su cónyuge (incluso un cónyuge divorciado). Otros tienen derecho porque son empleados gubernamentales que no están cubiertos por el Seguro Social pero pagaron impuestos de Medicare.
Si recibe beneficios de Seguro Social por incapacidad durante 24 meses, tendrá derecho a seguro de hospital.
Si recibe beneficios de Seguro Social por incapacidad porque padece de esclerosis lateral amiotrófica (mejor conocida como la enfermedad de Lou Gehrig), no tiene que esperar 24 meses para tener derecho a este servicio.
También, las personas con insuficiencia renal permanente que necesitan diálisis o un trasplante de riñón tienen derecho al seguro de hospital si han trabajado lo suficiente o si son el cónyuge o el niño de un trabajador que tenga derecho.
Casi todas las personas que tienen derecho al seguro de hospital pueden inscribirse al seguro médico. La Parte B es un programa opcional. No es gratis. En el 2010 la prima mensual es de $110.50. Algunas personas con ingresos más altos pagan primas más altas.
Cualquier persona que tenga la cobertura del seguro de hospital (Parte A) y seguro médico (Parte B) puede inscribirse a un plan de Medicare Advantage. Los planes de Medicare Advantage incluyen:
Es posible que tenga que pagar una prima mensual adicional debido a los beneficios adicionales que ofrecen los planes de Medicare Advantage.
Cualquier persona que tenga seguro de hospital de Medicare (Parte A), seguro médico (Parte B) o Medicare Advantage (Parte C) tiene derecho a la cobertura de medicamentos recetados (Parte D). El seguro de medicamentos recetados es opcional y usted paga una prima mensual adicional por esa cobertura.
Para informarse mejor, comuníquese con nosotros y solicite la publicación titulada Medicare (publicación número 05-10943) .
Si usted tiene ingresos bajos y pocos recursos, es posible que el estado en donde vive pague sus primas de Medicare y en algunos casos, «otros gastos de su bolsillo» que usted tendría que pagar, como sus deducibles y coaseguros.
Sólo el estado en donde vive puede decidir si usted tiene derecho a recibir ayuda bajo este programa. Si usted cree que tiene derecho, comuníquese con su oficina local o estatal de ayuda médica (Medicaid), servicios sociales o bienestar público.
Si tiene ingresos y recursos limitados, podría tener derecho al beneficio adicional para pagar por sus medicamentos recetados bajo la Parte D de Medicare. La función del Seguro Social es ayudarle a entender cómo podría tener derecho y procesar su solicitud para este beneficio adicional. Para ver si tiene derecho o para solicitar, llame al número gratis del Seguro Social o visite nuestra página de Internet.
![]() |
Confidencialidad | Normativa de la web y otra información (sólo en inglés) | Sitio de mapa (sólo en inglés) |